Mediante la Resolución 293/2025, publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional habilitó la importación de vehículos usados destinados a usos especiales. La medida, impulsada por la Secretaría de Industria y Comercio, a cargo de Esteban Marzoratti, representa una oportunidad tanto para empresas como para particulares, ya que permite acceder a unidades con funciones específicas a un costo más accesible.
Entre los vehículos contemplados se incluyen motorhomes, equipos utilizados en minería, producción audiovisual, espectáculos masivos y más.
¿Quiénes se benefician?
La normativa está pensada para ampliar la oferta de vehículos especializados en el mercado argentino, reducir costos operativos y fomentar la competitividad en sectores clave como la construcción, la minería, la industria forestal, el turismo y la logística.
Aunque apunta especialmente a empresas, también alcanza a usuarios particulares, especialmente en el caso de casas rodantes con motor (motorhomes), que cada vez ganan más popularidad para viajes recreativos o trabajos itinerantes en zonas rurales.
Lo importante es que se trate de vehículos autopropulsados, sin importar su tamaño ni si fueron previamente utilizados en el exterior.
Un cambio al marco legal vigente
Esta resolución actualiza el régimen legal que regía desde 1999, el cual prohibía en líneas generales la nacionalización de autos usados, salvo por algunas excepciones.
No obstante, cabe mencionar que la importación de vehículos usados no está permitida de forma general por el Acuerdo de Complementación Económica N° 14 (ACE 14) entre Argentina y Brasil en el marco del Mercosur. Este acuerdo, vigente hasta junio de 2029, permite el comercio sin arancel de vehículos fabricados dentro del bloque, pero impone un arancel externo común del 35% para unidades de combustión provenientes de fuera de la región.
Este fue precisamente uno de los obstáculos que impidieron avanzar con la propuesta del ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, que pretendía habilitar a cualquier ciudadano a importar vehículos usados para uso personal.
La resolución fue firmada por el ministro de Economía, Luis Caputo, y por el secretario Marzoratti.
¿Qué tipos de vehículos están permitidos?
- 🟩 Tractores y vehículos pesados con tracción especial
Códigos NCM: 8701.21.00, 8701.22.00, 8701.23.00, 8701.24.00, 8701.29.00
Incluye tractores con motor a combustión, eléctricos o híbridos, siempre que tengan cuatro o más ejes, o tracción 4×4 o 6×6.
- 🟩 Tractores para semirremolques fuera de carretera
Códigos NCM: 8701.94.90, 8701.95.90
Diseñados especialmente para operar fuera de rutas convencionales.
- 🟩 Vehículos para vivienda o acampar (motorhomes)
Códigos NCM: 8703.24.10, 8703.24.90, 8703.33.10, 8703.33.90
Casas rodantes motorizadas para uso recreativo o laboral.
- 🟩 Camiones grúa de alta capacidad
Códigos NCM: 8705.10.20, 8705.10.30, 8705.10.90
Camiones con capacidad de izaje de 10 toneladas o más.
- 🟩 Vehículos especializados con cuatro o más ejes
Códigos NCM: 8705.10.20, 8705.10.30, 8705.10.90, 8705.40.00
Camiones hormigoneros y otros de transporte especial.
- 🟩 6. Máquinas forestales autopropulsadas
Código NCM: 8436.80.00
Equipos para tala y traslado de troncos.
- 🟩 7. Camiones de carga pesada
Códigos NCM: 8704.10.10, 8704.10.90, 8704.23.20
Diseñados para rutas o entornos industriales.
- 🟩 Camiones para uso fuera de carretera
Código NCM: 8704.23.90
Referencia 8: Convencionales. Referencia 9: Especiales para terrenos exigentes.
- 🟩 Vehículos especializados para servicios específicos
Códigos NCM: 8705.20.00, 8705.90.10, 8705.90.90
Incluye quitanieves, camiones con bomba de hormigón, vehículos petroleros, etc.
Conclusión
La habilitación para importar vehículos usados de uso especial representa una oportunidad concreta para diversos sectores productivos, así como para particulares que buscan motorhomes a precios más accesibles. Aunque con ciertas limitaciones legales y arancelarias, esta medida amplía las posibilidades para modernizar el parque vehicular especializado en Argentina.
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